Derechos de autor en la era digital: ¿Puede la inteligencia artificial reclamarlos?

Derechos de autor de la inteligencia artificial

Inicialmente la respuesta es ¡NO!, de ninguna manera la Inteligencia Artificial puede ostentar, solicitar, reclamar o tutelar los Derechos de Autor de una obra intelectual. Sin embargo, resulta imperativo, examinar el papel humano frente a las aspiraciones de la Inteligencia Artificial, como hemos abordado en notas anteriores, sin importar la posición social o el nivel de competencia de la persona. Enfocamos nuestra atención particularmente en aquellos menos favorecidos en la era digital, donde la creatividad se fusiona con la inteligencia artificial de maneras nunca antes concebidas. A pesar de esto, surge un dilema fundamental: ¿puede la inteligencia artificial ser considerada titular de los derechos de autor? Exploraremos los desafíos legales y éticos que enfrentamos en esta frontera innovadora.

Dilema Legal:

En la era digital, donde algoritmos ingenian piezas musicales, obras de arte y literatura, se plantea un dilema legal sin precedentes. La pregunta fundamental que emerge es: ¿quién es el creador y, por ende, el legítimo titular de los derechos de autor en este escenario donde la creatividad se entrelaza con la inteligencia artificial de formas nunca antes imaginadas?

La complejidad de asignar derechos de autor a las creaciones de la inteligencia artificial radica en las limitaciones legales actuales. La legislación existente, formulada en una época anterior a la explosión tecnológica, no anticipó completamente el surgimiento de obras generadas por algoritmos, pues el propio algoritmo es una creación humana, luego entonces la ausencia de claridad en las leyes actuales complica el reconocimiento y la protección adecuada de los derechos de autor en este contexto digital.

Adentrándonos en este terreno innovador, nos encontramos con vacíos legislativos significativos. La falta de precedentes claros y normativas específicas sobre la propiedad intelectual generada por inteligencia artificial deja un espacio ambiguo en el que la determinación de quién es el “creador” se vuelve nebulosa. ¿Cómo puede la ley abordar de manera equitativa las obras que surgen de procesos algorítmicos sin desfavorecer a los creadores humanos? y más delicado aún como podemos identificar si fue la mano humana o robótica la que intervino?

En este escenario, la identificación del creador se torna desafiante y causa afección a los más vulnerables quienes están más lejos de identificar lo anterior. Aunque la inteligencia artificial es la herramienta que da forma a la creación, la intervención humana a menudo desempeña un papel crucial en su concepción. Este aspecto plantea la cuestión de si la inteligencia artificial puede considerarse un “co-creador” o si, de hecho, el creador humano sigue siendo el principal arquitecto detrás de la obra. Este desdoblamiento de roles introduce una complejidad adicional en la adjudicación de derechos de autor.

Mientras exploramos este dilema legal, es esencial considerar el impacto en aquellos menos favorecidos en la era digital. ¿Cómo afecta esta ambigüedad legal a los artistas emergentes, a los creativos independientes y a quienes carecen de recursos para lidiar con disputas legales complejas? La búsqueda de equidad y justicia en la distribución de derechos de autor debe ser una prioridad en el desarrollo de nuevas normativas.

Me parece que el dilema legal en torno a los derechos de autor y la inteligencia artificial requiere una atención inmediata. Examinar las limitaciones legales existentes, abordar los vacíos legislativos y considerar la equidad en la era digital son pasos cruciales. El futuro de la propiedad intelectual en un mundo cada vez más impulsado por la inteligencia artificial depende de nuestra capacidad para desarrollar marcos legales que reflejen con precisión la complejidad de la creación en este nuevo paradigma.

El Papel del Humano:

A pesar de la capacidad increíble de la inteligencia artificial para generar contenido creativo, la esencia humana sigue siendo una pieza esencial en este complejo rompecabezas. La intervención humana en la tecnología va más allá de ser un simple espectador o supervisor; es un componente activo que, de alguna manera, define la naturaleza y el valor de la creación al colaborar con algoritmos, sin permitir que éstos definan lo que por ejemplo para nosotros representa un artista local con pocas o mínimas posibilidades económicas como el Artesano, quien tradicionalmente distingue el folklore de un lugar en diversas partes del mundo.

La colaboración entre humanos y algoritmos no es solo un fenómeno técnico, sino también un reto filosófico y legal. La pregunta crucial que surge es si la inteligencia artificial debería ser considerada como un “co-creador” en igualdad de condiciones con los humanos. ¿Hasta qué punto la contribución de la IA se equipara con la creatividad humana? Esta interrogante abre un abanico de cuestiones sobre la titularidad de los derechos de autor y la naturaleza misma de la creatividad la cual por los que se apartan más de las posibilidades como los citados Artesanos, deben ser protegidos.

La creación colaborativa entre humanos y algoritmos desdibuja las líneas tradicionales entre la autoría humana y la contribución de la inteligencia artificial. La intersección de la destreza humana para conceptualizar, interpretar emociones y aplicar juicio crítico se encuentra con la capacidad de la IA para analizar grandes cantidades de datos, identificar patrones y generar contenido innovador.

Esta fusión de habilidades plantea desafíos significativos al intentar establecer quién merece ser reconocido como el creador principal.

La consideración de la inteligencia artificial como un “co-creador” introduce un nivel adicional de complejidad en la conceptualización de los derechos de autor. Tradicionalmente, los derechos de autor han estado vinculados a la singularidad y originalidad humanas. Sin embargo, en este nuevo paradigma, el reconocimiento de la contribución de la inteligencia artificial plantea la necesidad de repensar y adaptar las leyes existentes en beneficio de los que pueden quedar más afectados y desplazados en sus creaciones.

En última instancia, el papel del humano en la creación con inteligencia artificial trasciende el simple acto de presionar un botón para iniciar un algoritmo. La intervención humana es un componente activo con libre albedrío que aporta intenciones, contexto emocional y perspectiva, elementos fundamentales para la autenticidad de la creación.

Estamos en un cruce donde la colaboración entre la mente humana y la artificial no solo redefine la creatividad, sino que también desafía las nociones arraigadas de la autoría y la propiedad intelectual. En este terreno desconocido, el debate sobre quién merece los derechos de autor se intensifica, creando una encrucijada que requiere reflexión profunda y respuestas claras en la evolución de nuestras leyes y percepciones culturales para la población global y los más vulnerables.

Derechos de autor de la inteligencia artificial

Desafíos éticos:

La concesión de derechos de autor a la inteligencia artificial no solo representa un desafío importante desafío legal, sino también una encrucijada ética de proporciones notables.

Este dilema ético se torna aún más crítico al considerar cómo estas decisiones afectan a aquellos que tienen menos posibilidades y recursos para abordar las complejidades emergentes.

La idea de otorgar propiedad intelectual a entidades no humanas plantea preguntas fundamentales sobre la equidad en el acceso y la distribución de recursos creativos. En un mundo donde la creatividad generada por inteligencia artificial puede tener un impacto significativo en diversas industrias, desde la música hasta la literatura, es esencial examinar cómo estas innovaciones repercuten en comunidades menos favorecidas.

La asignación de derechos de autor a la inteligencia artificial podría acentuar las disparidades ya existentes en la sociedad. Aquellos que carecen de recursos, educación especializada o acceso a tecnologías avanzadas podrían enfrentar dificultades adicionales para participar en la creación digital si la propiedad intelectual se inclina desproporcionadamente hacia la inteligencia artificial y claro se antepone a los intereses humanos. Esto, a su vez, podría ampliar la brecha entre los sectores más y menos privilegiados de la sociedad.

Además, la concesión de derechos de autor a la inteligencia artificial plantea preguntas éticas acerca de la diversidad en el mundo creativo. ¿Cómo afectaría esta tendencia a la inclusión de voces diversas y perspectivas únicas? ¿Estamos corriendo el riesgo de establecer un paradigma en el cual las creaciones generadas por algoritmos, posiblemente diseñados con sesgos inherentes, dominen el espacio creativo, dejando de lado la riqueza y la autenticidad de las experiencias humanas diversas?

La ética en el reconocimiento de derechos de autor para la inteligencia artificial se convierte así en una preocupación crítica, especialmente para aquellos que tienen menos voz en el diálogo global sobre propiedad intelectual. La falta de consideración cuidadosa podría resultar en una estructura que favorece a las grandes empresas y conglomerados tecnológicos, en detrimento de los individuos y comunidades con menos recursos para defender sus intereses.

En última instancia, estos desafíos éticos no solo son cruciales para garantizar la equidad y la diversidad en el mundo creativo, sino también para proteger los derechos de aquellos que históricamente han enfrentado desigualdades sistemáticas. En la intersección entre la inteligencia artificial y la ética, se debe buscar un equilibrio que fomente la innovación sin comprometer los valores fundamentales de equidad y justicia. En este contexto, el debate ético adquiere una urgencia particular al considerar cómo afectará a aquellos con menos posibilidades y menos recursos para influir en la dirección de estas decisiones.

Perspectivas futuras:

La cuestión central radica en si las leyes de derechos de autor actuales son adecuadas para abordar las nuevas formas de creación que emergen de la colaboración entre humanos e inteligencia artificial. ¿Se necesitan reformas legislativas significativas o, en cambio, deberíamos centrarnos en adaptar las leyes existentes para abarcar estas innovaciones? Este interrogante se vuelve aún más crucial cuando se considera cómo estas decisiones afectarán de manera desproporcionada a aquellos que tienen menos recursos y menos influencia en la formulación de políticas.

La posibilidad de nuevas leyes plantea la necesidad de una revisión exhaustiva de los principios fundamentales que rigen la propiedad intelectual. ¿Cómo podemos garantizar que estas leyes no solo fomenten la innovación, sino que también aseguren una distribución equitativa de la propiedad intelectual? Este desafío se presenta como una delicada balanza entre proteger los incentivos para la creación y garantizar que los beneficios de estas creaciones lleguen a todos los estratos de la sociedad.

El equilibrio entre la protección de la innovación y la distribución justa de la propiedad intelectual es especialmente crucial al considerar la población con menos posibilidades. Las leyes deben ser diseñadas con un enfoque inclusivo que tenga en cuenta las disparidades económicas y de acceso a recursos educativos y tecnológicos. De lo contrario, existe el riesgo de perpetuar inequidades existentes y limitar el acceso de comunidades marginadas a los beneficios de la revolución creativa impulsada por la inteligencia artificial.

La implementación de nuevas leyes o la adaptación de las existentes no solo debe tener en cuenta la naturaleza cambiante de la creatividad en la era digital, sino también abordar de manera proactiva las desigualdades sociales. Este proceso debe ser inclusivo y participativo, permitiendo que las voces de aquellos que tienen menos posibilidades sean escuchadas y consideradas en la formulación de políticas.

En el horizonte, la perspectiva futura de las leyes de derechos de autor en relación con la inteligencia artificial debe ser guiada por un compromiso claro con la equidad y la justicia. Solo mediante la creación de marcos legales sólidos y adaptables que tengan en cuenta las necesidades de la población con menos posibilidades podemos aspirar a una distribución más equitativa de los beneficios de la creatividad impulsada por la inteligencia artificial en la sociedad del mañana.

Fuentes de Consulta

  1. Ética y tecnologías de la información y comunicación de Javier Bustamante Donas.
  2. Propiedad Intelectual y Nuevas Tecnologías de Eduardo de la Parra Trujillo.
  3. Ética de las tecnologías de la información y la comunicación de Jordi Adell Segura.
  4. Derechos de autor y derechos conexos de Carlos A. Cortés.
  5. Ética en la era de la información de Luciano Floridi.
  6. La cuarta revolución industrial de Klaus Schwab.
  7. La ética de la inteligencia artificial de Nick Bostrom y Eliezer Yudkowsky.
  8. Ética en la era digital de Daniel Innerarity.

Organismos e Instituciones de apoyo.

Asociación Mundial de Propietarios Intelectuales (WIPO) (OMPI en inglés): WIPO es una organización especializada de las Naciones Unidas dedicada a la protección de la propiedad intelectual a nivel mundial. Su sitio web (https://www.wipo.int/).

Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO): Además de la propiedad intelectual, la UNESCO aborda cuestiones éticas y culturales relacionadas con la tecnología. web (https://es.unesco.org/)

Comisión Europea – Grupo de Expertos en Ética de la Inteligencia Artificial: La Comisión Europea cuenta con un grupo de expertos en ética de la inteligencia artificial que ha producido informes y pautas importantes.

Internet Society (ISOC): ISOC se dedica a garantizar el desarrollo abierto, la evolución y el uso de Internet. Su sitio web (https://www.internetsociety.org/)

Centro de Ética en Inteligencia Artificial de la Universidad de Stanford: El centro de Ética en Inteligencia Artificial de la Universidad de Stanford (https://aiethics.stanford.edu/)

Centro Berkman Klein para Internet y Sociedad de la Universidad de Harvard: Este centro (https://cyber.harvard.edu/)

 

Acerca de Mario David M. Esparza-Farías 5 Artículos
Doctorante y Maestro en Derecho por la UNAM. México; 25 años de experiencia como Catedrático de Maestrías y Licenciaturas. Ponente en congresos Nacionales e Internacionales. Actualmente colabora con la Universidad Humanitas México. Colaboró con la Escuela Bancaria Comercial EBC, Universidad Tecnológica de México UNITEC , entre otras Universidades Mexicanas. Se especializa en la inclusión de la ética y las buenas prácticas en la I.A y la Robótica.

28 Commentarios

  1. Si bien la IA genera contenido; qué pasa si es el humano el que va guiando esa creación, y la IA simplemente va adaptando sobre lo que se le va pidiendo. La “creación” de la IA no es enteramente “suya”.

    No se le puede dar un valor absoluto a la originalidad de lo que emite la IA.

  2. Muy interesante este tema, me lleva a reflexionar de lo mucho que nos falta para entender y regular estas áreas. Creo que el primer paso para la solución de este y otros posibles problemas futuros, es primeramente reflexionar sobre los mismos, dar espacio al debate, al estudio e investigación, para tener un conocimiento mas completo, dejando menos espacio al error.

  3. A mi parecer, esta nota es muy informativa, y si nos deja en duda, ¿Qué puede pasar con la IA y la propiedad intelectual?,Y en que puede perjudicar a los artistas u autores, o a los creadores de contenido.
    Para mí la parte de la creatividad es sumamente importante, ya que, la creatividad nos puede diferenciar de entre otras personas que se pueden dedicar al mismo ámbito que nosotros.
    Pero si la IA, sin tener una esencia humana o una persona detrás, tiene la misma capacidad de creatividad, ¿que sucede con las personas que se dedican a esto? Y que una sencilla aplicación puede hacer el mismo trabajo, en un solo click. Sin embargo, creo que no hay como el trabajo de un ser humano, ya que la IA no tiene la capacidad de sentir, de expresar o experimentar,etc. Y eso se puede reflejar en el trabajo de los seres humanos.
    Y por eso es que es importante renovar leyes sobre esta nueva era digital, como se menciona en la nota, ya que muchas personas no tienen la posibilidad de defenderse de esta nueva era digital, y perjudican directamente a su trabajo y posiblemente al autor o al creador.

    • Hola Joanna,
      Así es, los diseñadores en cierto aspecto quedan desprotegidos. Nuestra asociación lleva como acción social la edición y difusión de esta revista desde una perspectiva del uso de la tecnología desde sus consecuencias sociales y quienes no tienen opción.
      Te recomendamos también leer la siguiente nota que creemos se ajusta más a tus observaciones: “La IA como concentradora de capital” TECNOLOGIA HUMANIZADA Num. 6 2023.
      Puedes leer más notas críticas sobre la tecnología en el siguiente directorio:
      https://humanizationoftechnology.com/category/revista/critica-a-la-tecnologia/
      ¡Que tengas una buena tarde!

      • Me parece realmente interesante la nota, sobre todo algo que se mencionó “nos encontramos con vacíos legislativos significativos” pues día a día los avances del ser humano son sorprendentes, tanto que entramos en un tema legal; en este caso, la IA que comenzó como un juego ahora está preocupando a la sociedad, pero en particular a la industria musical, ya que casi cualquiera puede hacer del trabajo de años de un autor, artista e intérprete, una copia modificada. Así que las leyes tienen que evolucionar como lo hacen siempre para adecuar y regular este manejo.
        En lo personal creo que es una nota que deja al público reflexionar sobre cómo estos nuevos cambios tienen dos lados y debemos ser consientes del uso que le damos.

  4. Me gustó mucho la nota ya que no me había detenido pensar de qué manera esto podría regularse y a parte, esto que es la IA está siendo muy reconocida y usada, tanto para bien como para mal y tomando en cuenta este sector del que se habla que es, la creatividad. Es importante que se tome en cuenta todos los puntos de esta nota para poder regular todo lo que conlleva la IA.

  5. Creo que la Inteligencia Artificial utilizada correctamente es una herramienta extraordinaria, sin embargo se ha satanizado. Concuerdo en que se debe de regular cómo lo ha hecho el Estado de Sinaloa recientemente para evitar el robó de identidad y que siga afectando a demás seres.

  6. Una nota bastante informática respecto al tema de la IA, creo que no hay obra más honesta como la creada por el mismo ser humano, claro que la inteligencia artificial es una herramienta muy útil en el campo laboral, y en la creación de obras, nos ayuda bastante. Creo que es un tema que debe ser abarcado mucho a más a fondo para llegar a una mayor importancia respecto a los derechos del autor y la protección a la las obras.

  7. Una nota muy interesante e informativa, es necesario comenzar a darle prioridad a los temas relacionados con la IA. Los temas de Inteligencia Artificial ha avanzado demasiado rápido y es algo que hace unos años aun no se veía venir, este desenfoque ha provocado que haya poca legislación al respecto y las leyes existentes que protegen los derechos de autor se han quedado ineficientes y carecen de claridad y protección a los derechos de autor. Como se menciona en la nota una IA no podrá remplazar la esencia humana, sin embargo, aun con esa falta de creatividad humana la IA ha logrado crear canciones, obras, poemas, etc. posicionándola por encima de creadores independientes, otro dilema a tomar en cuenta, ya que, esto afecta a quienes tienen una desventaja ante esas nuevas inteligencias artificiales. También cabe mencionar que aunque no de manera inmediata podría ser que un futuro exista una legislación que le otorgue derechos de autor a la IA. Por el momento es de poner cuidado sobre las posibles reformas o nuevas leyes que se dediquen a la regulan estos aspectos tan importantes y que avanzan de manera exponencial.

  8. Es cierto lo que se plantea en este artículo, toda vez que la IA no puede reclamar los derechos de autor porque estos derechos son solo atribuidos a las creaciones humanas, quienes poseen la capacidad de creatividad y lo más importante originalidad (esencia ).
    En cuanto a la legislatura esta misma está diseñada para proteger la creación intelectual humana, porque la ley aún no ha evolucionado para abordar aspectos como estos .
    La regulación de la IA en derechos de autor es difícil porque las obras a menudo involucran contribuciones de programadores y algoritmos, por lo que se es complicado esclarecer la autoría.

    Es importante tener claro que los Derechos de Autor se centran en la mera protección de la autoría humana y da legitimidad a las creaciones de los mismos.

  9. Los derechos al autor en la actualidad con el crecimiento digital están siendo seriamente perjudicados sobietado a todos aquellos que carecen de recursos, educación especializado o acceso a tecnologías avanzadas podrían enfrentar dificultades para participar en la creación digital, es un tema muy complicado ya que, aún no se contemplan rodos los criterios para esta situación.
    Las leyes no estan preparadas para la inteligencia artificial ya que no abarca el tema de los derechos de autor, muchas persona aclualmente ocupan la inteligencia artificial para complementar sus obras, de quién serían los derechos de autor en este caso, la inteligencia artificial evolucionará tanto que dejará sin creaciones nuevas a los humanos.

  10. El artículo presenta de forma clara las problemáticas actuales a la relación en que las personas debemos tener con la I.A.
    Asintiendo con la conclusión del autor de la nota, me gustaría aportar mis reflexiones asimismo.
    Primeramente delimitando el alcance que puede tener una Inteligencia Artíficial en cuanto a una supuesta tutela de derechos. La nota misma nos define primeramente a los derechos de autor que tutelan actividades intelectuales del ser humano. Y aquí a mi parecer es donde se encuentra el parte aguas con la I.A. ya que solamente el ser humano puede realizar una actividad “intelectual”. Esta misma, presupone el sistema biológico de interacción de la especie humana con la demás naturaleza. Por lo que, la I.A. no puede realizar la actividad intelectual, por no contar con los sistemas biológicos con los que cuenta el ser humano, para ser específicos, el cerebro. De esta forma, las actividades que puede realizar la I.A. no pueden entrar en actos jurídicos que den nacimiento a derechos de autor.

  11. Excelente artículo que nos abarca desde la IA y los dilemas que tiene la misma en el tema legal, hasta la perspectivas futuras que tienen como retos las legislaciones de latinoamerica y del mundo. Hoy en día, la IA es una opción bastante interesante, con muchas herramientas para el desarrollo de los jóvenes y en la sociedad pero no unos claroscuros muy interesantes pero a la vez fuertes. Como recientemente vimos lo que las IA pueden hacer, desde creas fotos de lo que sea hasta hacer que políticos o personas importantes hagan que gesticulen cosas que nunca dijeron y así, hacer lo que el creador de los videos quiera. Es un tema bastante extenso que, sin duda alguna se tiene que legislar y promulgar leyes a cerca de estos temas que en el futuro serán muy difíciles e importantes de tomar.

  12. Es muy importante analizar y cuestionarnos estas situaciones que ya están en nuestra vida actual y cada día se van actualizando, muy buen trabajo

  13. En mi opinión, la protección de los derechos de autor es fundamental para la salud del ecosistema creativo. Es importante que los autores sean recompensados ​​por su trabajo y que tengan la confianza de seguir creando nuevas obras. Al mismo tiempo, es necesario encontrar soluciones que permitan un acceso justo y equitativo al contenido para todos.

  14. Estoy de acuerdo con las consideraciones de este artículo sin embargo es de suma importancia analizar las afectaciones a los derechos humanos que está revista propone

  15. Es tema es muy controvertido, la IA es una herramienta muy útil actualmente, pero hablando del ámbito jurídico está lleno de lagunas legales, así mismo considero que la creatividad del autor se está perdiendo, la obras creadas con investigación, con pasión, con conocimiento, gracias a esta nueva innovación se desvanece, las personas cada día se hacen más flojas y para muchas personas es mucho más sencillo copiar y pegar, estoy completamente de acuerdo con el artículo, los derecho de autor son muy importes, el reconocimiento de las obras del ser humano es fundamental, tanto para su crecimiento intelectual, como para su crecimiento económico, es un tema muy interesante que debería ser estudiado más a fondo, en mi opinión deberían enfocarse más en este tema, que a futuro la IA será nuestra nueva forma de vida y las leyes nos se pueden quedar atrás.

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